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Gestion Declaracion Renta Madrid para personas físicas: ¿Quién tiene que presentarla?

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El día 5 de abril de 2017 empieza la Gestion Declaracion Renta Madrid para personas físicas. En esta fecha se abrirán los servicios telemáticos para realizar el borrador/declaración de la misma. El último día para presentarla será el 30 de junio. Pero, ¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF? Esta grava la renta obtenida por las personas físicas que viven en territorio español según sus circunstancias personales y familiares.

 

¿Quién está obligado a presentarla?

 

Las personas físicas que están obligados a Gestion Declaracion Renta Madrid son aquellas que hayan obtenido en 2016 un beneficio superior a las siguientes cantidades:

  • Con carácter general, el límite se estable en 22000€ anuales, siempre y cuando estos provengan de un único pagador. En el caso de que haya varios pagadores se aplicará de la siguiente manera:
  1. Las sumas que se perciban a partir del segundo pagador no tiene que superar, en conjunto, los 15000€ anuales.
  2. Que sus únicos ingresos consistan en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas.
  • El límite se establecerá en 12000€ anuales en los siguientes casos:
  1. Cuando procedan de más de un pagador, siempre y cuando no superen los 1500€ anuales.
  2. Se hayan percibido pensiones compensatorias por un cónyuge o anualidades por alimentos.
  3. Pensiones procedentes del extranjero.
  4. Rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
  • Rendimientos íntegros del capital inmobiliario y ganancias patrimoniales que no superen, conjuntamente, los 1600€ anuales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de las Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado que no superen, en conjunto, los 1000€ anuales.

¿Quién no está obligado a presentar Gestion Declaracion Renta Madrid?

 

No estarán obligados a declarar quienes sólo tengan rendimientos íntegros del trabajo, del capital, de actividades económicas y de patrimonio, cuando la suma de todo ello no supere los 1000€ ni quienes hayan tenido pérdidas de patrimonio inferiores a 500€.

Aunque no se superen estos importes deberán presentar declaración aquellos contribuyentes que quieran beneficiarse de:

  • Deducción por inversión de vivienda actual.
  • Deducción por doble imposición internacional.
  • Reducciones por base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social.
  • Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.

 

Si no sabes cómo realizar la declaración de la Renta, Asesoras Garán, gestoria Parla, estamos encantados de atenderte.

Ponte en contacto con nosotros.

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