Gestoria Parla: Pago único o capitalización de la prestación por desempleo

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Gestoria Parla: Pago único o capitalización de la prestación por desempleo

Capitalización del paro a través de tu gestoria Parla

La capitalización de la prestación por desempleo mediante su recepción en un único pago se ha convertido en uno de los recursos prioritarios de quienes quieren materializar su proyecto emprendedor. Ya sea como aútónomo, socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral o socio de una SL, esta opción de financiación que Asesoras Garán, tu gestoria Parla, aquí te explica, puede resultar especialmente interesante, sobre todo cuando empiezas desde cero.

Modalidades

El pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo. Permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo (de nivel contributivo) en distintas modalidades:

  • Un único pago íntegro: Se solicita y recibe el 100{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} de la prestación de desempleo que reste por percibir. Si solamente es necesaria una parte para cubrir la inversión del proyecto, la cantidad restante se utilizaría para compensar las cuotas mensuales de autónomo.
  • Pago mensual como cuota de autónomos: Se utiliza el 100{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} de la prestación pendiente para abonar las cuotas mensuales de autónomos. Desde 2015, y con ciertas salvedades, se permite también a los socios de sociedades mercantiles de nueva creación cubrir gastos de constitución y servicios específicos de asesoramiento, formación e información.

Requisitos

Para poder tramitar la solicitud personalmente o a través de tu gestoria Parla, la web oficial del SEPE recoge los siguientes requisitos:

  • Ser perceptor de la prestación contributiva por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  •  Tener, al menos, tres meses de prestación pendientes de percibir. • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.
  • No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación contributiva en los 24 meses anteriores a la solicitud.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar sea como trabajador autónomo o trabajador autónomo socio de sociedad mercantil ya constituida o de nueva creación o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral ya constituida o de nueva creación.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de 1 mes desde la concesión del derecho y siempre con fecha posterior a la solicitud.

Asesoramiento y solicitud a través de tu gestoria Parla

Si quieres gestionar de manera personal la solicitud puedes comenzar a por descargar el impreso Através de la página https://sede.sepe.gob.es, para entregarla después, debidamente cumplimentada, en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 010 210), en cualquier oficina de registro público o dirigiéndola por correo administrativo, en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado.

Si lo prefieres, Asesoras Garán, tu asesoria y gestoria Parla, tramitará en tu nombre dicha solicitud en tiempo, forma y plazo tras haberte asesorado sobre todos los pormenores de la capitalización.

Contacta con nosotros.

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