Una de las medidas para autónomos aprobadas para paliar las consecuencias del confinamiento sanitario por el coronavirus ha sido la prestación excepcional por cese de actividad durante la pandemia. Tu asesoría fiscal Parla te comenta los aspectos más importantes de esta ayuda económica, articulada en su aplicación habitual en la Ley General de la Seguridad Social del año 2015.
Se refiere a una medida económica de protección una ayuda económica para aquellos autónomos que dejan de tener ingresos por su actividad habitual. Para cobrar la ayuda, han de cumplirse una serie de requisitos:
La ayuda económica mensual de esta prestación es del 70{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} de la base reguladora que tenga cada autónomo, según el promedio de las bases por las que el autónomo ha estado cotizando en los 12 meses anteriores al momento en que se originó el cese de actividad.
Una de las primeras mediadas del gobierno por el coronavirus fue la aprobación de la prestación excepcional por cese de actividad, que paga a los autónomos hasta un 70{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} de su base reguladora durante el tiempo que dure el estado de alarma. Recogida en el RD 463/2020, exige una serie de requisitos para poder acogerse a ella.
Que las actividades como autónomo estén suspendidas por el estado de alarma o que la facturación haya descendido un 75{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} respecto a la media del semestre anterior.
Estar dado de alta el día que se declaró el estado de alarma y al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social.
Desde un punto de vista impositivo, tu asesoría fiscal Parla señala que esta prestación por cese de actividad es similar al paro de los autónomos, esto es, de una ayuda económica que la Seguridad Social realiza de manera excepcional a este colectivo.
No se trate de un ingreso de la actividad que forme parte de la actividad económica., por lo que el tratamiento de la prestación especial por cese de actividad en la renta debe sumarse a los rendimientos del trabajo como un pagador más.
De esta manera, estimamos que incluso se podría prescindir del modelo 130 de Hacienda, que es el que se usa para el pago fraccionado de IRPF por parte de quienes realizan actividades económicas o profesionales (siempre que menos de un 70{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} de los ingresos incluyan retención de IRPF).
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