

La contratación de trabajadores es un proceso habitual de las empresas para afrontar su actividad con los recursos humanos suficientes en el momento de acometerse. Existen determinados periodos en los que estos trámites, de ordinario engorrosos, multiplican los esfuerzos necesarios para realizarse ante la necesidad provisional y perentoria de empleados para cubrir vacaciones o picos de producción. Es justo en esos momentos cuando resulta fundamental la asistencia de una gestoría Parla.
Pero, ¿cuáles son los trámites a seguir en la contratación?
Asesoras Garán, como siempre, intenta ayudarte.
Todo empresario que contrate a trabajadores deberá realizar obligatoriamente el acto administrativo de comunicar el alta en la Seguridad Social, constituyendo una relación jurídica en la que empresario y trabajador asumen el compromiso de cotizar y a partir de la cual se genera derecho a percibir prestaciones económicas y/o sanitarias según la situación laboral del trabajador.
El alta ha de practicarse en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en que esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador, un plazo de hasta 60 días naturales con anterioridad al comienzo de la relación laboral, a instancias del empresario de manera directa o a través de una gestoría Parla.Cuando el empresario incumpla la obligación de comunicar el alta, será el trabajador o el propio organismo de la Seguridad Social, de oficio, quien la practique.
Desde el año 2013, se encuentran vigentes 4 tipos de contratos de trabajo: indefinidos, temporales, formativos y en prácticas. En una de esas cuatro modalidades, y en plazo no superior a 10 días, a contar desde la firma del contrato, el empresario o la gestoría Parla en la que delegue, deberá remitir copia del contrato al Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) para su registro.
El empresario queda igualmente obligado a comunicar en el mismo plazo el contrato efectuado. aún en el caso de que el contrato no se formalice por escrito. Este trámite se podía realizar anteriormente acudiendo de forma presencial a una de las oficinas de empleo de la comunidad autónoma, pero a día de hoy resulta obligatorio hacerlo online a través de la página del SEPE
En determinadas circunstancias, hay que solventar dos trámites previos al alta del trabajador y de su contrato, previos que sólo se aplican en determinadas circunstancias:
Este laberinto de gestiones ha de repetirse una y otra vez cada vez que se quiera ampliar la plantilla de trabajadores en la empresa.
Son motivos suficientes para ahorrar tiempo y esfuerzo delegando en una gestoría Parla eficaz y experta en este tipo de trámites y gestiones.
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