

La ley obliga a empresarios y profesionales autónomos a expedir factura y conservar copia de ésta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen durante el desarrollo de su actividad. Esta cuestión, que tan elemental nos parece, genera todavía un sinfín de dudas que solamente una gestoría o asesoría fiscal Parla es capaz de resolver.
Asesoras Garán intenta abordar algunas de las más importantes.
La obligación de facturar de los empresarios y profesionales se recoge en el artículo 29.2.e) de la Ley General Tributaria, en el artículo 164, apartado Uno, número 3º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido y en el artículo 2.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Según establecen las diferentes disposiciones de este amplio legal, los empresarios y profesionales están obligados a emitir una factura, en todo caso, en los siguientes supuestos:
Tu asesoría fiscal Parla también te recuerda que igualmente deben expedir factura en los supuestos de pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas.
Al igual que la expedición, la legislación establece para empresarios y profesionales la obligación de conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias:
Los diferentes documentos, en papel o formato electrónico, se deberán conservar por cualquier medio que permita garantizar al obligado a su conservación la autenticidad de su origen, la integridad de su contenido y su legibilidad, así como el acceso a ellos por parte de la Administración tributaria sin demora, salvo causa debidamente justificada, pudiendo cumplirse esta obligación mediante la utilización de medios electrónicos.
Cuando las facturas recibidas o expedidas se refieran a adquisiciones por las cuales se hayan soportado cuotas del IVA cuya deducción esté sometida a un período de regularización, deberán conservarse durante su correspondiente período de regularización y los cuatro años siguientes.
Los empresarios o profesionales que realicen operaciones que tengan por objeto oro de inversión, deberán conservar las copias de las facturas correspondientes a dichas operaciones durante un período de cinco años.
Para calcular y gestionar posteriormente el impuesto de manera directa o a través de tu asesoría fiscal Parla, el IVA se aplica como un porcentaje sobre la base imponible de una factura según el tipo de producto o servicio. que facturemos:
El equipo profesional de Asesoras Garán tendrá toda la facturación de tu negocio supervisada y los impuestos calculados y presentados siempre en forma y hora, de forma que puedas estar tranquilo sabiendo que todo está en orden.
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