

Tras haber completado el primer trámite de alta autonomos Parla en el censo y en el Impuesto de Actividades Económicas de Hacienda, el siguiente paso es acudir ante la Tesorería General de la Seguridad Social en la que proseguiremos formalizando nuestra situación.
Esto es una descripción de lo que debes hacer en ese organismo.
Lo siguiente para darse de alta autonomos Parla es afiliarnos y darnos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ante la Tesorería General de la Seguridad Socia, de manera presencial, en cualquiera de sus oficinas, o telemática, mediante certificado digital o DNI electrónico.
El plazo para completar estos trámites es de 30 días desde la comunicación de inicio de la actividad a la Agencia Tributaria a través del alta en el censo profesional.
Se resuelve presentando el modelo TA0521, cuyo modelo de formulario varía en función de las condiciones en que pretendemos darnos de alta autonomos Parla.
Junto con el mismo, deben presentarse una serie de documentos fotocopiados que, en caso de solicitud personal en las oficinas, cotejará un funcionario con el original constatando su veracidad. Si la presentación es a travé.s de Internet, pueden requerirse los originales con posterioridad. Dichos documentos son:
En el momento del alta, cada uno define su base de cotización (con carácter general, la mínima) aunque en el caso de actividades de mayor riesgo, como en la construcción, existe obligatoriedad de cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La cuota de autónomos deberá abonarse mensualmente mediante domiciliación bancaria.
Sin necesidad de solicitud previa, la aplicación de la tarifa plana de 50 euros para aquellos nuevos autónomos que cumplen con los requisitos exigidos por la normativa, es automática en el mismo momento de darse de alta en el RETA.
Si por alguna razón la Seguridad Social le cobrara una cuota por encima de la de los 50 euros a la que usted tuviese derecho, puede solicitarse la devolución de toda la cuota abonada para pagar luego lo que realmente corresponda o bien la compensación de la cuota del primer mes con la consiguiente devolución del resto del importe.
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