

Tanto dentro de la gestion Declaracion Renta Parla como en la declaración trimestral del IVA para autónomos, hay una serie de gastos corrientes y relacionados con la actividad económica que se ejerce cuyo carácter deducible presenta dudas por sus especiales particularidades. Dudas que una asesoria fiscal y gestoria Parla, sin ninguna duda, puede ayudarte a resolver.
Los criterios que la Agencia Tributaria exige siempre para que un gasto pueda considerarse deducible pasan siempre por la vinculación a la actividad económica y su conveniente justificación documental mediante factura.
En relación con el primero, el vínculo a su actividad, hay determinados gastos en los que Hacienda viene siendo cada vez más exigente en cuanto a los requisitos para su justificación y no resulta sencillo discriminar cuando tenemos derecho o no a su deducción fiscal.
El alquiler de un local, la vivienda propia convertida en domicilio de trabajo, los gastos asociados a los desplazamientos en transporte colectivo o vehículo propio, al teléfono, dietas o vestuario, son partidas que deben ser contempladas siempre con el apoyo del profesional de una asesoria fiscal y gestoria Parla.
Sin su ayuda, el autónomo puede convertirse en algo parecido a esto:
En relación a los gastos derivados del local donde se desarrolla la actividad, no existen problemas en cuanto a la deducción de los gastos asociados al mismo (alquiler, hipoteca, mantenimiento, luz, agua, teléfono, seguros…) siempre que se destine exclusivamente a tal fin.
La incertidumbre comienza si el local es una oficina o vivienda porque hay que informar a Hacienda del porcentaje del domicilio dedicado a la actividad. En ese caso, la experiencia acumulada por una gestoria Parla como Asesoría Garán en situaciones similares aconseja notificar entre un 20{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} y un 50{b93b941d9dc52fb86fab90ea0a9c1e2666025b61749eade60bdcc673449df569} y desgravarse los gastos asociados en un mismo porcentaje para evitar problemas posteriores con la Agencia Tributaria.
En la partida de gastos de viajes:
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